Concordancia de Haller: JUBILEO
- Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra á todos sus moradores: este os será jubileo; y volveréis cada uno á su posesión, y cada cual volverá á su familia. Lev. 25:10
- El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos: Lev. 25:11
- Porque es jubileo: santo será á vosotros; el producto de la tierra comeréis. Lev. 25:12
- En este año de jubileo volveréis cada uno á su posesión. Lev. 25:13
- Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él á ti. Lev. 25:15
- Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva á él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá á su posesión. Lev. 25:28
- Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad murada quedará para siempre por de aquel que la compró, y para sus descendientes: no saldrá en el jubileo. Lev. 25:30
- Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como una haza de tierra: tendrán redención, y saldrán en el jubileo. Lev. 25:31
- Y el que comprare de los Levitas, saldrá de la casa vendida, ó de la ciudad de su posesión, en el jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los Levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel. Lev. 25:33
- Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá. Lev. 25:40
- Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió á él hasta el año del jubileo: y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado. Lev. 25:50
- Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme á sus años. Lev. 25:52
- Mas si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él. Lev. 25:54
- Y si santificare su tierra desde el año del jubileo, conforme á tu estimación quedará. Lev. 27:17
- Mas si después del jubileo santificare su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme á los años que quedaren hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación. Lev. 27:18
- Sino que cuando saliere en el jubileo, la tierra será santa á Jehová, como tierra consagrada: la posesión de ella será del sacerdote. Lev. 27:21
- Entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu estimación hasta el año del jubileo, y aquel día dará tu señalado precio, cosa consagrada á Jehová. Lev. 27:23
- En el año del jubileo, volverá la tierra á aquél de quien él la compró, cuya es la herencia de la tierra. Lev. 27:24
- Y cuando viniere el jubileo de los hijos de Israel, la heredad de ellas será añadida á la heredad de la tribu de sus maridos; y así la heredad de ellas será quitada de la heredad de la tribu de nuestros padres. Núm. 36:4